Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de los Magistrados de este Tribunal, que provocó falta de quórum para emitir resolución, el expediente estuvo en la Comisión de Admisión a la espera de sorteo, y ante el pronunciamiento de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, por la que se procedió a la designación de nuevas autoridades, las mismas mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, dispusieron la reanudación de labores jurisdiccionales y la resolución de causas a través del sorteo, que en el caso se efectuó el 26 de abril de 2010, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- celeridad
- SC 0044/2010-R
- SC 0154/2010-R
- previo informe de Secretaría
- el Juez de la causa, en calidad de Presidente del Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, dispuso el traslado a la Fiscal de toda la documentación presentada por los garantes para su verificación; providencia con la cual fue notificada al día siguiente, es decir, el 1 de noviembre de 2007
- no implica una lesión a derechos
- fue decretado cinco días después
- la celeridad procesal
- APROBAR