SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0497/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
recurso
En revisión la Resolución de 21 de diciembre de 2006, cursante de fs. 400 a 406, pronunciada por la Jueza Primera de Partido y de Sentencia de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Gumercindo Armella Cardozo y Apolinar Alfaro Arce, Concejales Municipales de Bermejo contra Sonia Elizabeth López Bascopé, Wildo Bolívar Orozco, Freddy Cardozo Garzón y Edelmiro Gareca Gutiérrez, Presidenta y Concejales Municipales de Bermejo, José Amado Cuevas, Presidente del Comité Cívico de Bermejo, Ana Rocabado; Presidenta de la Federación de Juntas Vecinales (FEJUVE), Miguel Cruz, representante de la Pequeña Industria, José Sanguino, representante del Sindicato de Trufis “1º de Mayo”, Ricardo Benavides, representante del Transporte Pesado, Elbio Velásquez, Representante del Sindicato de Taxis “15 de abril”, Remberto Cadena, representante del Sindicato de “IAB.SA”, Marcelo Tapia, representante de la “COR” y Raúl Vargas, Presidente del Comité de Huelga, alegando la vulneración de su derecho al trabajo y el principio de la seguridad jurídica, citando al efecto el art. 7 incs. a) y d) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.1. Acciones de hecho ejercidas por particulares
- III.3.2. Renuncias emergentes de acciones de hecho
- III.3.3. La problemática planteada
- Fragmento 28
- APROBAR