SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
denegó
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida como Tribunal de garantías, emitió la Resolución 04/2007 de 16 de enero, que cursa de fs. 640 a 643, en la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El recurrente no cumplió con el principio de inmediatez, pues según la nota de 28 de junio, que ratificó la nota la 14 de abril, que niega la emisión de las pólizas de importación y entrega de la maquinaria, su recurso de amparo debió presentarse hasta el 28 de diciembre de 2006; 2) No se agotaron otros medios ordinarios para hacer uso del recurso de amparo, ya que el recurrente inició dos acciones en contra de ENFE; una acción civil de cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños y perjuicios que se tramita en el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial y otra acción penal por el delito de estafa, procesos en los que se dilucidará la obligación de ENFE de entregar la maquinaria fuera del recinto aduanero así como los daños y perjuicios; y, 3) La Resolución 202/06 de 3 de mayo de 2006, de la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior, estableció que la maquinaria no fue nacionalizada con el pago de tributos aduaneros de importación determinando la aplicación preferente del art. 14 de la LGA, Resolución contra la que el recurrente pudo plantear oportunamente un amparo, pero ello no aconteció, de donde se infiere la inobservancia del principio de subsidiariedad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acciones de defensa,
- conceder
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso y problemática planteada
- III.4.1. En cuanto a los actos de las autoridades de la aduana
- III.4.2. En cuanto a los actos del Viceministro de Política Tributaria
- APRUEBA