Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.4.
II.4. CONSER mediante nota de 15 de marzo de 2006, aludiendo reiteradas notas de pedido de entrega de copias legalizadas de las pólizas de importación 1192539-8; 1122538-5; 1192537-2 y 1192535-7, que no habrían sido atendidas e indicando que esa documentación debería cursar en la Aduana, solicitó a la Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional el levante de la mercancía, invocando los arts. 114 y 115 del Reglamento General de la Aduana (fs. 60).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acciones de defensa,
- conceder
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso y problemática planteada
- III.4.1. En cuanto a los actos de las autoridades de la aduana
- III.4.2. En cuanto a los actos del Viceministro de Política Tributaria
- APRUEBA