SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.9.
II.9. Cursa en antecedentes la nota CITE: DGPA-UEEAA 5421 OF. 311/2006 de 9 de octubre, suscrita por el Viceministro recurrido, acusando recepción de un memorial presentado por el recurrente solicitando la remisión de pólizas originales en blanco y la documentación del trámite de obtención de pólizas de la maquinaria adquirida, se ratificó en el contenido de la nota DGPA-UEEAA 5421 OF. 301/2006 de 3 de octubre, de la Dirección General de Política Arancelaria de ese Viceministerio, reiterando que no era atribución del Ministerio la emisión de las pólizas requeridas, sino de la Aduana, instancia competente para determinar o no su procedencia (fs. 113). Así también, cursa la nota CITE: DGPA-UEEAA 5421 OF. 290/2006 de 20 de septiembre, mediante la cual el Director General de Política Arancelaria remitió al Gerente General de la Aduana Nacional los antecedentes referidos en el memorial de 5 de septiembre de 2006, presentado por CONSER (fs. 215).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acciones de defensa,
- conceder
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso y problemática planteada
- III.4.1. En cuanto a los actos de las autoridades de la aduana
- III.4.2. En cuanto a los actos del Viceministro de Política Tributaria
- APRUEBA