SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

II.5.

II.5.  El 27 de noviembre de 2006, el recurrente solicitó a la Sala Civil Primera la admisión de su recurso de amparo constitucional (fs. 18), por decreto de 22 de diciembre, el Vocal recurrido, señaló que los Vocales de la Sala Civil Primera, se encontraban impedidos temporalmente de ejercer sus funciones jurisdiccionales por determinación del Consejo de la Judicatura mediante Resolución 336/2006, por lo que a fin de evitar mayor perjuicio a la parte recurrente, se disponía la devolución del recurso de amparo constitucional a la Sala de repartos para su nuevo sorteo (fs. 18 vta.).