Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0636/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte, Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda y Mirael Salguero Palma, Juez Segundo de Sentencia, todos del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando se conceda la tutela declarando procedente el recurso, y se deje sin efecto legal la Resolución de 10 de enero de 2007 y el Auto de Vista de 30 del mismo mes y año, pronunciados por los recurridos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3.1. Valoración de la prueba en acciones tutelares
- III.3.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.4.1. Condiciones formales y materiales para declarar la extinción de la acción penal
- se entiende por un proceso sin dilación indebida a aquel que se desenvuelve en condiciones de normalidad
- III.4.2. El caso en análisis
- III.5. En cuanto al incidente de nulidad
- III.5.1. Validez de la notificación cumplida su finalidad
- III.5.2. Derecho a impugnar
- III.5.3. Análisis del caso concreto
- III.6. Conclusión
- APROBAR