SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
concediendo
La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en El Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 008/2007 de 14 de febrero, cursante de fs. 421 a 424, concediendo el amparo solicitado, disponiendo la nulidad del proceso disciplinario hasta la Resolución 099/2006 de 18 de agosto, debiéndose emitir nuevo pronunciamiento. Como fundamentos se señalan los siguientes: i) El recurrente interpuso excepción de prescripción el 8 de junio de 2006, la cual habría sido negada por Resolución 20/2006 del Tribunal Disciplinario Departamental, pronunciándose únicamente la sanción por deserción, sancionándole con baja definitiva; y, ii) La Resolución de apelación 099/2006 de 18 de agosto, carece de fundamentación legal y no resuelve la excepción de prescripción opuesta en primera instancia y reiterada en apelación, no existiendo al respecto ninguna definición en la parte resolutiva, lo que provoca la nulidad de obrados por limitar el derecho de fiscalización al desconocer e ignorar las razones por las que el justiciable no ha sido atendido en su solicitud.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 13
- III.2. Armonización de términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- III.4.1. Con relación al Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz
- III.4.2. Con relación al Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Nacional
- III.4.3. Con relación al
- III.4.4. Con relación al Secretario General del Tribunal Disciplinario Superior Permanente
- concedido
- Fragmento 25