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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2010-R

    Fecha: 19-Jul-2010

    recurso de amparo constitucional

    Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante  puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • concediendo
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • Fragmento 13
    • III.2. Armonización de términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • “accionante”
    • recurso de amparo constitucional
    • Fragmento 17
    • III.3. El debido proceso y la motivación de las Resoluciones
    • III.4. Análisis del caso de autos
    • III.4.1. Con relación al Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz
    • III.4.2. Con relación al Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía  Nacional
    • III.4.3. Con relación al
    • III.4.4. Con relación al Secretario General del Tribunal Disciplinario Superior Permanente
    • concedido
    • Fragmento 25

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