SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
c)
c) Frente un hecho punible, el Ministerio Público se encuentra en la obligación de promover la acción penal y verificar la comisión del delito a través de la recolección u obtención y consiguiente compulsa de la prueba que le sirva para sancionar al autor o eximirlo de responsabilidad. En el caso de análisis, se trata de un delito de acción pública, que atenta contra la fe pública de los ciudadanos; en consecuencia, la omisión de un informe pericial como medio técnico científico cuyo resultado se encuentra estrechamente ligado al hecho denunciado, su compulsa a momento de emitir el acto conclusivo de sobreseimiento, de ninguna manera puede ser prescindida por el fiscal de materia como representante de la sociedad y del Estado, cuya función es promover la acción de la justicia, perseguir al autor del delito y llevarle a su juzgamiento. En ese sentido, la actuación del Fiscal demandado, expresada en la Resolución de 17 de julio de 2006, resulta ser lesiva a los derechos fundamentales y garantías constitucionales del accionante; y,
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- u omisiones indebidas que restrinjan, supriman o amenacen restringir intereses dignos de protección jurídica…'”
- III.4. Facultad del Tribunal Constitucional de intervenir ante la conducta omisiva del representante del Ministerio Público en la obtención y compulsa de la prueba durante la etapa preparatoria
- III.4.1. El debido proceso en la Constitución Política del Estado vigente
- 1) Derecho fundamental:
- 2) Garantía jurisdiccional:
- III.4.2. Seguridad jurídica
- III.4.3. Tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- III.5. Recolección de medios de prueba durante la etapa preparatoria como atribución propia del Ministerio Público
- III.6. La falsedad material, falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado como delitos contra la fe pública
- b)
- c)
- d)
- ii)
- iii)