SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

iii)

iii) Respecto a la verificación efectuada del informe pericial, la autoridad codemandada, ligeramente se pronunció al respecto con un fundamento totalmente alejado de las normas legales establecidas en el ordenamiento procesal penal y constitucional desarrollado en el Fundamento Jurídico III.5. Como Fiscal de Distrito, tiene como atribución, ratificar o revocar la resolución conclusiva del inferior jerárquico en aplicación de las normas jurídicas pertinentes fundamentado adecuadamente su decisión, al no hacerlo incurre en infracción al art. 73 del CPP, además de los arts. 6, 60 y 61 de la LOMP; por lo que, la ratificación del sobreseimiento, resulta ser lesiva al derecho al acceso a la justicia, así como los principios de legalidad u obligatoriedad del Ministerio Público y por ende a la seguridad jurídica como principio constitucional, vulnerando el debido proceso y la tutela judicial efectiva del accionante; en consecuencia, compete a este Tribunal intervenir y otorgar la tutela a efectos de restituir o restablecer los derechos y garantías constitucionales denunciadas como vulneradas.