SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

III.5. Análisis del caso concreto

En el caso analizado, la accionante denuncia que fue ilegalmente retirada de su cargo de Secretaria de la Brigada Parlamentaria de Cochabamba, sin haber sido sometida a un proceso administrativo o disciplinario interno y sin respetar su condición de funcionaria de carrera; aspecto que debe verificarse para realizar una adecuada compulsa respecto a si con el memorando 00365 de agradecimiento de servicios y con la falta de respuesta al recurso de revocatoria y posterior rechazo al recurso jerárquico planteado por la accionante, se vulneraron los derechos que ésta alega en el presente recurso.

De los antecedentes procesales detallados en las Conclusiones del presente fallo, se evidencia que la accionante ingresó a la Brigada Parlamentaria de Cochabamba, el 1 de septiembre de 1990, por dicho periodo legislativo, siendo recontratada el 1 de agosto de 1991. Posteriormente, suscribió contrato de prestación de servicios por tiempo fijo, el 15 de agosto de 1992; designándosela luego como Ujier de dicha Brigada, por memorando 0299/93 de 21 de septiembre de 1993 y luego en el cargo de Secretaria a través del memorando 0492/96 de 21 de julio de 1996; agradeciéndose sus servicios mediante memorando 00057/98 de 31 de agosto de 1998, por razones de restructuración administrativa.