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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

    2)

    2) Los miembros del Tribunal Disciplinario, dieron respuesta  al incidente planteado  por la recurrente, que recusó a la Presidenta del Tribunal adecuando su actuación  al art. 20 de la RS 212414, en el entendido que la SC “925/2006-R” de 19 de septiembre, que señala que el reemplazo  será efectuado por la misma autoridad designante.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • i)
    • ii)
    • iii)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • concedió en parte
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1.   Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • que los hechos demandados
    • no demuestra que el acto denunciado de ilegal no incide en la lesión del derecho o garantía supuestamente vulnerada
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • y estableció que el Tribunal Disciplinario prosiguiera el trámite con los dos miembros restantes del mencionado Tribunal
    • Fragmento 25
    • III.5.   Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
    • concedido en parte
    • REVOCAR

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