SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
iii)
iii) La Resolución 03/07 de 22 de marzo de 2007, resolvió que Jorge Alberto Zenteno Mostajo, Presidente del Tribunal Disciplinario, sea apartado de conocer la tramitación del proceso disciplinario disponiendo que los demás miembros del Tribunal administrativo prosiguieran con la tramitación del proceso disciplinario, basándose en lo establecido por la SC “925/2006-R”.
Por su parte Sylvia Cristina Loza Montenegro, Jorge Alberto Zenteno Mostajo, Alexander Mirabal Ruiz y Liz Carla Navarro Fontanilla, Directora Distrital Cercado I, Profesional de Seguimiento y Supervisión Cercado I, Secretario y Vocal del Tribunal Disciplinario Cercado I, respectivamente, mediante informe escrito, cursante de fs. 47 a 49, manifestaron lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- ii)
- iii)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- que los hechos demandados
- no demuestra que el acto denunciado de ilegal no incide en la lesión del derecho o garantía supuestamente vulnerada
- III.4. Análisis del caso concreto
- y estableció que el Tribunal Disciplinario prosiguiera el trámite con los dos miembros restantes del mencionado Tribunal
- Fragmento 25
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- concedido en parte
- REVOCAR