SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

no demuestra que el acto denunciado de ilegal no incide en la lesión del derecho o garantía supuestamente vulnerada

           Considerando lo antes señalado, se puede concluir que si el accionante no demuestra que el acto denunciado de ilegal no incide en la lesión del derecho o garantía supuestamente vulnerada, entonces, no es necesario que la jurisdicción constitucional se pronuncie sobre elementos que no afectarán los derechos o garantías del accionante, lo que determina la improcedencia de la acción de amparo constitucional, y por lo tanto la denegación de la tutela.