SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
ii)
ii) Se ratificaron en los fundamentos jurídicos de la RA 03/07, afirmando que no se conculcó derecho alguno, debido a que la recurrente a fin de evadir su procesamiento desde el inicio del mismo estuvo presentando una serie de recursos dilatorios, por lo que la aludida Resolución dio una respuesta a la solicitud de apelación presentada mediante memorial de 21 de febrero de 2007, en la que solicitó la nulidad del proceso y la remisión de obrados al tribunal disciplinario más próximo, que en este caso sería el Distrito Educativo de Cercado II, siendo tal solicitud una franca violación contra el derecho al juez natural, ya que las infracciones fueron cometidas en la jurisdicción del Distrito Educativo de Cercado I, y son lo miembros del Tribunal Disciplinario de este Distrito que tienen competencia para procesar a todos los docentes que presten servicios dentro de tal jurisdicción.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- ii)
- iii)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- que los hechos demandados
- no demuestra que el acto denunciado de ilegal no incide en la lesión del derecho o garantía supuestamente vulnerada
- III.4. Análisis del caso concreto
- y estableció que el Tribunal Disciplinario prosiguiera el trámite con los dos miembros restantes del mencionado Tribunal
- Fragmento 25
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- concedido en parte
- REVOCAR