SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.6.

II.6.  Mediante memorial presentado el 23 de febrero de 2007 (fs. 102 vta.), los recurrentes reiteraron al Directorio de CADEPIA, que la asamblea general de socios, reconsidere el ilegal procesamiento que se les instauró, solicitud que fue respondida, a través de decreto de 27 del indicado mes y año, aclarando que los recurrentes deben cumplir con lo previsto por el art. 28 en relación al art. 24 inc. a) del Estatuto. Con este proveído se notificó por cédula, dado que los peticionantes no señalaron domicilio (fs. 102 vta.).