SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0897/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0897/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

iv)

iv) Devueltos los antecedentes, el “Directorio” de la Mutualidad, en lugar de dar cumplimiento al Auto de Vista emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda,  remitió los mismos para informes de auditorías internas, concluyendo finalmente que la recurrente figuraba con un saldo anterior pendiente, pretendiendo de esta manera no dar cumplimiento a una Resolución judicial que adquirió la calidad de cosa juzgada.