Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0897/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
vi)
vi) La Mutualidad al solicitar informes cuando la recurrente agotó todos los medios legales, lo único que pretende es eludir el pago de los beneficios sociales de la recurrente, pretendiendo someter tal pago a compensaciones, suspensiones y retenciones que no corresponden, afectando el principio de jerarquía normativa que reconoce la aplicación preferente de las normas contenidas en la Constitución con preferencia a cualquiera otra resolución, como ser disposiciones, estatutos y resoluciones de la Mutualidad “Tte. Gral. Germán Busch”; Por lo que se conculcaron los derechos de la recurrente a la seguridad social y seguridad jurídica, así como el principio de legalidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- c)
- e)
- f)
- g)
- concedió
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación pasiva
- III.4. Prevalencia del derecho sustantivo al adjetivo
- III.5. Sobre el derecho a la seguridad social
- III.6.1. Sobre la excepción a la legitimación pasiva
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva de los derechos e intereses legítimos
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”
- oportuna y efectiva
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- Fragmento 34
- III.7.1. Sobre la excepción al principio de subsidiariedad
- plazo de seis meses
- 15 de marzo de 2007
- III.7.3. Sobre las resoluciones dictadas por el Consejo Directivo de la Mutualidad “Tte. Gral. Germán Busch”
- III.7.4. Sobre la falta de legitimación pasiva del Gerente de la Mutualidad “Tte. Gral. Germán Busch”
- APROBAR en parte