SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.3.
II.3. Consta documento notarial del Archivo Histórico Departamental de Santa Cruz “Hermanos Vásquez Machicado”, relativo a las propiedades de los herederos de Ángel Zeballos, ubicados en Mairana; declaraciones voluntarias de Rosa Rocha de Zeballos, Bertino Rocha Senas, Manuel Jesús Rioja Patiño y Alejandro Zeballos Pimentel señalando que el lote en cuestión estuvo primero a cargo de Justo Zeballos Zeballos y ahora a cargo de Rosa Rocha de Zeballos, quien alquila el lote para diferentes ocasiones. Formularios de pago de impuestos realizados por Luisa Victoria Zeballos de Romano y testimonio de escritura de partición y división de bienes sucesorios entre los herederos Mercedes Patiño Zeballos, Erdulfa Patiño Zeballos, Emilia Patiño Zeballos, Agilio Patiño Zeballos, Custodio Zeballos Quinteros, Luis Zeballos Quinteros, Natalia Zeballos y Luisa Victoria Zeballos Vda. de Romano (fs. 12 a 22 y 23 a 29 y 59 a 62).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución
- se tendrá por lesionado el derecho de petición cuando “(…) la autoridad no la responde en un tiempo razonable ya sea en sentido positivo o negativo
- III.4.Respecto al derecho de propiedad
- III.5.La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.6. Del caso de análisis
- III.7. En cuanto a la legitimación pasiva
- REVOCAR