Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.1.
II.1. De la Resolución 65/06 de 24 de mayo de 2006 y del memorial presentado el 10 de abril de 2007, se desprende que Jimena LLaveta Herrera, fue condenada a treinta años de presidio sin derecho a indulto, por la comisión del delito de asesinato, condena que la cumple en el Centro Penitenciario “San Pedro” de la ciudad de Oruro; y ante su estado de seis meses de gestación, solicitó al Juez de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Oruro, la concesión de detención domiciliaria por ser su embarazo de alto riesgo y requerir de atención médica especializada (fs. 33 a 36).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- 1)
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- III.5. Sobre el derecho de petición
- APROBAR