SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 01/2007 de 4 de julio, cursante de fs. 94 a 96, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Jimena LLaveta Herrera contra Teresa Severichz de Alessandri y Zenobio Calizaya Velásquez, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior y Germán López Moya, Juez de Ejecución Penal, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud, a la familia, a la maternidad y a la petición, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 193 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 6
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- 1)
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- III.5. Sobre el derecho de petición
- APROBAR