SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

b)

b)           En fecha 27 del citado mes y año, fue presentado el recurso de apelación incidental planteado por los denunciados ahora representados del recurrente, razón por la cual, en fecha 3 de julio de ese año, se convocó a la 25ta. sesión de Comisión, la misma que no pudo ser instalada por la inasistencia de sus miembros. En fecha 11 del mismo mes y año, se convocó nuevamente a la 25ta. sesión de Comisión, la que también fue suspendida por la inasistencia de sus miembros. Asimismo, de acuerdo a la documental aparejada se establece que la Cámara de Diputados, declaró como semana regional del 16 al 20 de julio de 2007, precisa también que en fecha 25 de ese mes, la sesión fue suspendida, llevándose a cabo la sesión de 3 de agosto del referido año, en la cual se consideró el recurso de apelación interpuesto por los ahora recurrentes, “procediéndose a la consideración del decreto de remisión el cual fue sometido a votación, logrando la mayoría absoluta de votos afirmativos, con lo que quedó aprobada la decisión de Comisión” (sic).

b) La omisión de trámite y consiguiente concesión del recurso de apelación de la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial que deniega un derecho reconocido por la Constitución como un medio de defensa legítimo y procesalmente concedido tanto en la norma especial como por el Código de Procedimiento Penal, conculca y violenta el derecho al debido proceso, con las consiguientes supresiones de las garantías y derechos fundamentales previstos en el art. 7 incs. a) y h) de la CPEabrg.