SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Fragmento 52

                                          Si bien se denuncia que la notificación a los accionantes con la Resolución 002/2007-2008, respecto a la aprobación del informe preliminar del Comité del Ministerio Público e imputación formal, fue practicada en forma posterior a la presentación del recurso de apelación incidental, de la compulsa de antecedentes, se evidencia que los representados del accionante, no utilizaron el incidente de actividad procesal defectuosa, por tanto, en coherencia con los Fundamento Jurídicos III.3.3.1 y III.3.3.2, no puede operar el control de constitucionalidad a través de la acción de amparo en relación a este acto denunciado como lesivo, ya que éstos, no agotaron los mecanismos intra-procesales establecidos para la restitución de posibles afectaciones a derechos fundamentales.