SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

denegó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución 035/2007 de 1 de agosto, cursante de fs. 183 a 185 por la que denegó el recurso con los siguientes fundamentos: 1) Las actas de fs. “535 - 536” no se dieron a publicidad y la audiencia pública de fs. “573”, en la que consta lectura en conclusiones, fue llevada a efecto sin la presencia del procesado Dulfredo Ochoa Chavarría, no correspondiendo que se hubiere llevado a cabo la audiencia, conforme señala el art. 94 y 297 inc. 3) y 10 del CPP.1972, que señala: “Las actas de la instrucción podrán ser observadas por las partes o el fiscal dentro de los tres días siguientes al de la citación y las del debate después de que hubieren sido leídas para su aprobación”; 2) El referido art. 297 respecto a las causales de nulidad en el tercer inciso, señala “falta de publicidad en el debate y en la lectura de sentencia”, décimo inciso “inconcurrencia del procesado al debate, salvo el caso de juzgamiento en rebeldía”; y, 3) La cosa juzgada, no constituye un valor absoluto cuando hubo violación de derechos y garantía, conforme establecen las SSCC 0495/2005-R y 0151/2006-R entre otras.