SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.10.

II.10. Por Resolución 05/2007 de 19 de enero, el Juez Segundo de Partido y de Sentencia anuló obrados hasta “fs. 573”, basándose en el art. 16 de la CPEabrg; 94, 297 inc. 3) y 10 del CPP.1972, invocando además las SSCC 0495/2005-R y 0151/2006-R, refiriendo que: 1.- “…es perfectamente posible el planteamiento de un incidente de nulidad en ejecución de sentencia, buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías; y, de ningún modo, ello puede ser considerado como una situación en la que el juez esté revisando su propia actuación, pues como lo reconoce la doctrina los autos procesales desarrollados en vulneración de derechos y garantías, se reputan como inexistentes”; y, 2.-“…que las actas de fs. 535-536 no se dieron a publicidad, de la misma forma los alegatos de fs. 554-555, 559 a 563; por otra parte, se llevó a cabo la audiencia pública de fs. 573 sin la presencia del procesado; si bien puede motivar duda, sin embargo la misma es a favor del procesado, en aplicación del principio in dubio pro reo, siendo estas características procesales conforme lo señala el art. 94 y 297 inc. 3) y 10) del antiguo Código de Procedimiento Penal, causales de nulidad” (sic) (fs. 3 y vta.).