SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia
En este orden de ideas, considerando que la garantía del Juez Natural tiene tres componentes esenciales: Competencia, imparcialidad e independencia, a través de la SC 0099/2010-R, se ha decidido modular la SC 0585/2005-R de 31 de mayo, y todas aquellas que tengan el mismo entendimiento, en lo pertinente al elemento 'competencia' del juez natural, aspecto que por su naturaleza jurídica y por el rol que este cumple en un Estado Social y Democrático de Derecho, tiene un resguardo reforzado que el orden constitucional le atribuye a través del recurso directo de nulidad. Por lo expuesto, mediante este entendimiento se establece que el amparo constitucional no es la vía idónea para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia, empero, si es el mecanismo apto para tutelar la garantía constitucional del juez natural en sus elementos imparcialidad e independencia” (las negrillas nos corresponden).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- se activa la vía del recurso directo de nulidad cuando
- para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia
- III.4.
- APROBAR