Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
I.2.
Efectuada la audiencia pública el 1 de agosto de 2007, cursante de fs. 176 a 182, estando presentes la parte recurrente, el recurrido Ricardo Chumacera Torrez, el Fiscal de Materia, Marcelo Sosa Álvarez y el abogado apoderado del tercero interesado Dulfredo Ochoa Chavarria; ausentes los Vocales recurridos quienes remitieron informe, al igual que los terceros interesados, se suscitaron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- se activa la vía del recurso directo de nulidad cuando
- para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia
- III.4.
- APROBAR