Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.3.
Decretada vista fiscal, el Fiscal de Materia, Oscar Bejarano Flores, emitió el requerimiento de 6 de junio de 2003 refiriendo que por acta de fs. “536”, se dispuso el cierre de debates; es decir, agotada la prueba (fs. 137). Del contenido del referido requerimiento se establece que a fs. “541”, se elaboró el requerimiento en conclusiones.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- se activa la vía del recurso directo de nulidad cuando
- para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia
- III.4.
- APROBAR