Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.13.
II.13. Por memorial de 19 de junio de 2007, Dulfredo Ochoa Chavaría, solicitó se expida mandamiento de libertad a su favor (fs. 97 a 98); cursando a fs. 98 vta. el decreto de 20 de junio de 2007, a través del cual, el Juez Segundo de Partido, dispuso que se expida el referido mandamiento, el cual fue librado en la misma fecha, conforme consta a fs. 100 de obrados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- se activa la vía del recurso directo de nulidad cuando
- para tutelar la garantía constitucional del juez natural en su elemento competencia
- III.4.
- APROBAR