SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.11.

II.11.Apelada la determinación antedicha, los Vocales de la Sala Penal Tercera y Primera, por Resolución 38/2007 de 14 de mayo, confirmaron el Auto del inferior, con el argumento de que las actas de audiencia pública de “fs. 535 a 536 y las de fs. 554, 555, 556 a 563”, no se dieron a publicidad involucrando vulneración a los arts. 94 y 297 del CPP, e imposibilitando que las partes o el Ministerio Público objeten, vulnerando el debido proceso. En el caso del acta de audiencia pública de lectura de requerimiento en conclusiones de 3 de septiembre de 2002, se constata que se llevó a cabo una audiencia sin la presencia del procesado ni de su abogado, lo cual constituye causal de nulidad a tenor del art. 297 inc. 10) del CPP (fs. 4 a 5 vta.).