SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

I.2.3. Intervención del tercero interesado

El tercero interesado, Dulfredo Ochoa Chavarría, a través de su abogado, señaló que los elementos que se pretenden utilizar en el amparo, son la publicidad de las actas y la presencia del imputado en el plenario, debiéndose compulsar las actas; la “de fs. 573”, donde no estuvo presente y la nulidad que se dispuso se halla aplicada en sujeción a la jurisprudencia constitucional, concretamente la SC 0495/2007-R, que faculta la nulidad en ejecución de sentencia. La parte recurrente, señala que los vicios de nulidad deben ser sopesados en la vía de casación, pero el Tribunal velando por el principio de celeridad y racionalidad, ha interpretado su procedencia cuando se viola derechos y garantías.