Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
concedido
De todo lo expuesto, se concluye que el Tribunal de garantías, al haber concedido el amparo constitucional contra todas las autoridades codemandadas, ha evaluado parcialmente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo con relación a las autoridades administrativas del SEDES La Paz, y no así contra el Sumariante demandado, por cuanto no tiene legitimación pasiva, por razones de subsidiariedad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 24
- III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- concedido