SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010

Fecha: 20-Sep-2010

Fragmento 12

          De acuerdo a la naturaleza del presente recurso y su alcance dentro del control constitucional ejercido por este Tribunal, precisados en el fundamento jurídico anterior, el art. 60 de la LTC, establece los requisitos de contenido del recurso, a objeto de verificar su procedencia con carácter previo al análisis de fondo; a ellos se suman además otros presupuestos que deben verificarse con carácter previo para determinar la viabilidad de la procedencia o no del recurso, así se tiene la oportunidad de la presentación del recurso establecida en el art. 61 del mismo cuerpo legal; en cuanto a la finalidad del recurso pronunciada la sentencia y sus efectos, el art. 58 de la referida Ley, dispone que la sentencia declarará la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley, decreto o resolución de alcance general impugnado, en todo o en parte, estableciendo en forma expresa en el parágrafo V que la sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella.