SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2010

Fecha: 20-Sep-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, es promovido contra el art. 129 del RFDSPN, aprobado por la RS 222266, por contraponerse -supuestamente- al principio de jerarquía normativa, pues es una norma inferior que ilegalmente contrarió la Ley Orgánica de la Policía Nacional y consecuentemente lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal, actuando el Tribunal Disciplinario como una comisión especial que puede calificar hechos como delitos, correspondiéndole únicamente dicha situación únicamente al juez penal, y en su caso, sancionarlos, lesionando además con ello la seguridad jurídica, la presunción de inocencia y el debido proceso, éste último no sólo porque se lo está prejuzgando de la supuesta comisión de un ilícito penal sin demostrarse y probarse ello en un juicio penal, sino también porque no tuvo oportunidad alguna de defenderse, presentar elementos que demuestren la inexistencia de los actos que se le imputan y menos aún se le dio la posibilidad de acudir a una instancia superior para hacer uso de los recursos legales que franquea el ordenamiento jurídico; así también se coloca en indefensión a los miembros de la Policía Nacional, quienes pueden ser objeto de un "retiro indefinido" ante un Tribunal Disciplinario que tiene competencias incluso mayores que el Ministerio Público, juzgados y tribunales en materia penal; además la Ley Orgánica de la Policía Nacional establece en su art. 66, las causas en que el personal de la institución podrá ser retirado de la misma, sin que en ninguna de ellas se mencione la existencia de la causal establecida en el art. 129 inc. a) del RFDSPN.