SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

denegó

La Sentencia 054/2007, de 24 de agosto, cursante de fs. 100 vta. a 102 vta., denegó el recurso de amparo constitucional interpuesto por el recurrente en representación de su madre Valeriana Ventura Jiménez Vda. de Pedraza con costas y multa de Bs500.- (quinientos bolivianos), con los siguientes fundamentos:   1) Las autoridades judiciales recurridas en ningún momento han suspendido la ejecución de la Sentencia, por lo mismo, no se ha inobservado lo dispuesto en el art. 517 del CPC; 2) La solicitud de retención de cuentas del municipio de Uncía en el Banco de Crédito, no ha sido rechazada, al contrario, el Juez de Instrucción Mixto recurrido, en ejercicio de su facultad de dirección prevista en el art. 87 del CPC, concordante con el art. 170 del mismo Código, a efectos de evitar perjuicios a la parte demandada, ha dispuesto lo impugnado en este recurso de amparo;  por lo que tampoco se ha inobservado lo dispuesto por el art. 523.I del CPC, con mayor razón si el recurrente no realizó ninguna investigación de las cuentas del Municipio dentro del ámbito de la Ley de Bancos y Entidades Financieras, habiendo sido su solicitud de carácter meramente genérico; y 3) Las resoluciones impugnadas no lesionan el derecho a la seguridad jurídica, por cuanto fueron debidamente motivadas.