SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

II.17.

II.17.La Administración Regional de la Aduana Nacional de Oruro, a través de sus representantes, presentó una serie de solicitudes que no fueron atendidas por el Fiscal de Materia, recurrido; así se tiene el memorial de 3 de mayo de 2006,  por el que se presentó el “MIC/DTA” 104693 (fs.72); oficio por el que se remite informe técnico AN ZFO 079/2006 de 25 de abril (fs. 75 a 76) y memorial por el que se le presenta copia de una denuncia conexa presentada por Dominga Marca Quispe de Mamani (fs. 238). Por el contrario, las solicitudes efectuadas por Dominga Marca Quispe de Mamani fueron atendidas por esa autoridad de manera expedita, e incluso providenciadas en la misma fecha de su presentación; así se tiene el memorial de presentación de “MIC/DTA” (fs.58), que fue presentado el 7 de abril y providenciado en la misma fecha (fs.58 vta.); el de solicitud de dictamen pericial (fs. 101 a 102); el de solicitud de fotocopias legalizadas de parte de recepción (fs. 140 a 143); de presentación espontanea (fs.146 y vta.); así como los de fs. 167, 211, 236, 239, 242, 273, 276, 312321, 323, 357, 358 a 360, 424, 425 a 426 y 494 a 495.