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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2010-R

    Fecha: 06-Sep-2010

    2)

    2) Que la solicitud de prescripción también es extemporánea, por cuanto no fue opuesta dentro de los cinco días previstos por ley; además la prescripción debe ser declarada judicialmente, por lo que mal podía sostener el recurrente que al momento de dictarse la sentencia la obligación ya se encontraba prescrita.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • está probada
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 2)
    • i)
    • ii)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Estado vigente
    • III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 21
    • III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
    • Fragmento 23
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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