Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 210/07 de 12 de junio de 2007, cursante de fs. 268 a 270, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia, CONCEDE en parte la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- Fragmento 23
- III.3. El amparo constitucional frente a los actos libres y expresamente consentidos
- III.4. El deber de fundamentación de las resoluciones
- III.5.1. En cuanto al Auto de Vista 416/2006 de 21 de septiembre
- III.5.2. En cuanto al Auto de Vista 149/2007 y su complementario 152/2007
- concedido
- APROBAR