SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.9.
II.9. Por memorial presentado el 27 de julio de 2006, Antonio Landivar Gantier, manifestando que en cumplimiento de la SC 1649/2005-R y el decreto de 17 de marzo de 2006, dejó constancia que le era imposible especificar quien era el nuevo personero legal de BOL-ART S.A., porque la misma había sido disuelta y se nombró liquidador, sin embargo, al enterarse que se apersonó el apoderado de Jhon Heard Chamberlein, Juan Pablo Cruz López, solicitó su exclusión del proceso. A través del Auto de 16 de agosto de 2006, la Jueza Segunda de Partido del Trabajo y Seguridad Social, excluyó del proceso a Antonio Rafael Landivar Gantier, por estar acreditada la personería del nuevo representante legal; Resolución que fue revocada por Auto 416/2006 de 21 de septiembre, emitida por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, argumentando que los poderes extendidos por Jhon Heard Chamberlain a favor de Juan Pablo Cruz López y que fueron admitidos dentro del proceso para excluir al demandado, carecen de valor y autenticidad representativa al haber sido otorgados después de la disolución de la empresa BOL-ART S.A. (fs. 74 a 85 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- Fragmento 23
- III.3. El amparo constitucional frente a los actos libres y expresamente consentidos
- III.4. El deber de fundamentación de las resoluciones
- III.5.1. En cuanto al Auto de Vista 416/2006 de 21 de septiembre
- III.5.2. En cuanto al Auto de Vista 149/2007 y su complementario 152/2007
- concedido
- APROBAR