SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

II.2.

II.2.  El 11 de noviembre de 2004, vía incidental, el recurrente solicitó la redención de su condena (fs. 12 y 20). Incidente resuelto por el Juez de Ejecución Penal mediante el Auto Interlocutorio 129/2004 de 23 de noviembre, que declaró probado y redimió su condena a razón de un día de pena por dos de trabajo, cómputo del mismo desde el 9 de mayo al 31 de diciembre de 2001, a dos años, seis meses y cuatro días (fs. 26), que ante la solicitud de enmienda por error aritmético, quedó definitivamente redimida su condena en dos años siete meses y diecinueve días (fs. 28 y vta.).