SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

c)

c)   En la Resolución de 1 de diciembre de 2009, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, revocó las medidas sustitutivas a la detención preventiva de la accionante; determinación asumida previa compulsa de las circunstancias que se produjeron el 24 y 25 de noviembre de igual año, que llevaron a dicha autoridad a sostener que Estela Guerra Serrano, incumplió las condiciones o reglas que viabilizaron la imposición de las medidas sustitutivas. Actuación que de ninguna manera se torna en ilegal, considerando que el art. 250 del CPP, establece que la medida cautelar será revocable o modificable aún de oficio; lo que permite sostener que, la revocatoria ordenada en la Resolución de 1 de diciembre de 2009, responde a la facultad otorgada al Juez a quo, cuando considere que las condiciones que las dieron lugar no se cumplieron.