SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1499/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.5.3. Respecto de los Conjueces o ex Conjueces de la Corte Superior de Distrito

De acuerdo a los agravios expresados por la accionante en audiencia de apelación de medida cautelar, efectuada el 18 de mayo de 2010, según se describe en la Conclusión II.10 de este fallo, se observa que los miembros de dicho Tribunal, ahora codemandados, respondieron y resolvieron de forma puntual cada uno de los puntos apelados, expresando la correspondiente fundamentación jurídica. Cabe puntualizar que, no ingresaron al análisis de la aprehensión ordenada por los fiscales codemandados, debido a que la acción de libertad planteada el 26 de noviembre de 2009, aún se encontraba pendiente de revisión por el Tribunal Constitucional, siendo resuelta por SC 0666/2011-R. Determinación que condice con la jurisprudencia de esta jurisdicción, relativa a que no pueden darse pronunciamientos paralelos sobre una misma problemática a efectos de evitar disfunciones procesales no aceptables por el ordenamiento jurídico.

Concluyendo, no se advierte falta de congruencia en dicha Resolución, dado que existe correspondencia entre lo peticionado y lo resuelto, considerando que cada agravio fue resuelto por los codemandados, según los fundamentos descritos en la Conclusión II.10 de esta Sentencia Constitucional; función que no puede ser reemplazada o revisada por esta jurisdicción, por no ser una instancia más del proceso, un entendimiento contrario, desvirtuaría la naturaleza jurídica de esta acción.