SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1674/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1674/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

II.4.

II.4.  Del acta 04”8”/2009 de 1 de julio, de sesión ordinaria del Concejo Municipal, se constata que en el orden del día se incluyeron los siguientes temas: “1) Verificación de quórum; 2) Aprobación del Orden del Día; 3) Lectura y Aprobación de Actas; 4) Lectura de Correspondencia; y, 5) Asuntos Varios” (sic). Asimismo, que una vez iniciada la sesión, previa verificación de la presencia de los cuatro Concejales Munícipes, se aprobó el Orden del Día por unanimidad; y en el punto “4.6”, se procedió a tratar el tema referido a la renuncia tácita del Concejal José Luis Zambrana Bascopé, estableciendo que los Concejales Julio César Carrillo y Silvio Rojas, presentaron un oficio indicando haber tomado conocimiento que el ahora accionante, era miembro activo del Directorio del Proyecto “PDTMP”, de carácter público, desde el 18 de julio de 2006, cuando se lo designó como Vocal, lo que constituía una renuncia tácita y derivaba en un cese de sus funciones por incompatibilidad sobreviniente, aclarando que no era una denuncia que debía ser sometida a proceso previo, por no ser una falta cometida por el ex Concejal y sólo se debía llevar a votación para disponer su resultado mediante una Resolución Municipal (fs. 28 a 37).