SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

i)

Con el derecho a la réplica, aclaró: i) Al no existir Tribunal Constitucional, son los tribunales de acciones constitucionales, quienes deben establecer las directrices sobre las nuevas acciones de defensa previstas en la Constitución Política del Estado; ii) En el extenso informe que presentaron los representantes de los demandados, no demuestran que cumplieron las normas observadas en la acción interpuesta; y, iii) Se aceleró el pronunciamiento de Sentencia, para tratar de sorprender al Tribunal de garantías, por cuanto indican que existe un recurso pendiente y que no agotaron las vías ordinarias; sin embargo, ello corresponde a una acción de amparo y no a la de cumplimiento.