SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

“procedente”

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 325/2009 de 29 de agosto, cursante de fs. 133 a 137, declarando “procedente” la acción de cumplimiento y disponiendo: i) Dejar sin efecto el Auto de Apertura de Proceso Disciplinario de 21 de julio de 2009; ii) Que las autoridades demandadas cumplan a cabalidad lo dispuesto en los arts. 45 y 52 de la LCJ y 39 y 89.II del Rpdpj; y, iii) La restitución inmediata del accionante a sus funciones, debiendo cancelársele los sueldos retenidos.

Por consiguiente, la situación planteada respecto a las normas constitucionales, legales y reglamentarias invocadas como incumplidas por el accionante, es susceptible de protección en parte a través de la acción de cumplimiento; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haberla declarado “procedente”, efectuó una compulsa parcial de los antecedentes del caso.