Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1906/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, modificatorio del art. 4.I de Ley 003 de 13 de febrero de ese año, amplía las facultades otorgadas a este Tribunal, para resolver las acciones de defensa sobre derechos fundamentales, interpuestas con posterioridad al 7 de febrero de 2009. Por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del trámite de dichas causas; sorteada la presente el 19 de octubre de 2011, se pronuncia Sentencia dentro de plazo.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Procesamiento indebido y su protección a través de la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.2. Derecho de la Niñez y Adolescencia
- III.3. Presunción de minoridad
- III.4. Errores en la consignación del nombre de los imputados
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Con relación a las actuaciones de la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal
- III.5.2. Con relación a las actuaciones de los Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior
- III.5.3. Con relación a las actuaciones de la Fiscal de Materia codemandada