Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.3.
II.3. Dando cumplimiento a la Resolución de 30 de mayo de 2008, Huáscar Gustavo Aparicio Gonzáles y Marcel Ricardo Civera Gil, presentaron el memorial que cursa de fs. 141 a 142, el 3 de junio de 2008, acreditando su personería en calidad de Presidente del Consejo de Administración y Gerente General, respectivamente, de COTES Ltda., en consecuencia, por Auto de 6 del mismo mes y año, se declara “subsanada la personería de los representantes legales de la parte actora, en cuyo mérito se dispone que se prosiga la tramitación de la causa” (sic) (fs.143).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derecho, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Tramite procesal del Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Consideraciones previas
- cuidando de que las mismas sean las principales y las necesarias para su remisión al ente de apelación, o para que permanezcan en el juzgado, en el supuesto de que se deba remitir al superior en grado el expediente original;
- III.1.2. Problemática concreta
- con carácter previo a resolver la excepción previa de impersonería
- III.1.3. Derechos fundamentales lesionados
- conceder
- APROBAR