SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Según las características del caso concreto, los accionantes denuncian la nulidad de obrados dispuesta por los Vocales demandados, que fuera argumentada bajo el supuesto que debía citarse a la totalidad de los demandados en la acción ordinaria de origen; en ese sentido, corresponde dilucidar si procedimentalmente corresponde se ordene la citación a la totalidad de la parte demandada para posibilitar la sustanciación de excepciones previas y su consecuente revisión en segunda instancia. En base a ello, se determinará si las autoridades demandadas incurrieron o no en actuación ilegal u omisión indebida, lesiva de los derechos fundamentales de la Cooperativa representada por los accionantes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derecho, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Tramite procesal del Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Consideraciones previas
- cuidando de que las mismas sean las principales y las necesarias para su remisión al ente de apelación, o para que permanezcan en el juzgado, en el supuesto de que se deba remitir al superior en grado el expediente original;
- III.1.2. Problemática concreta
- con carácter previo a resolver la excepción previa de impersonería
- III.1.3. Derechos fundamentales lesionados
- conceder
- APROBAR