SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

el tiempo de su duración

De otro lado, las SSCC 1138/2006-R y 0309/2007-R, con relación a los arrestos policiales por faltamiento a la autoridad, el tiempo de su duración y la condiciones de validez, estableció que el “…arresto por parte de funcionarios de la Policía, no es ilegal ni indebido tratándose de contravenciones policiales, dado que como se tiene referido, la Policía por mandato de la Constitución Política del Estado tiene facultad para preservar el orden público, cuando éste pretende ser alterado por una persona rebasando la autoridad de los efectivos policiales (SC 0040/2006-R de 11 de enero), por lo que corresponde determinar si en el caso de autos esta atribución fue ejercida dentro de los marcos establecidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, siendo necesario recordar que este Tribunal en su uniforme jurisprudencia, dando vigencia plena a la garantía reconocida en el art. 9 de la CPE dejó claramente establecido que ninguna autoridad puede limitar los derechos bajo protección de este recurso, sin el cumplimiento de las formalidades legales que le otorguen facultad para aprehender, arrestar o detener; empero, cuando fuera de dichos casos y circunstancias procede a aprehender o arrestar, su actuación no es legal sino indebida y por lo mismo puede subsumirse en los supuestos previstos en el art. 18 de la CPE” (las negrillas y el subrayado son nuestros).